29-enero-2019: Entra en vigor la reducción de la velocidad en carreteras convencionales a 90 km/h #MejorMásDespacio

Nueva campaña informativa sobre la reducción de velocidad en carreteras convencionales


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  • “Menos velocidad, más vidas en la carretera. Mejor más despacio” es el slogan utilizado en todos los videos.
  • Los cuatro videos que forman parte de esta campaña se podrán ver durante este mes de enero en las redes sociales del Organismo.

La Dirección General de Tráfico pone en marcha  una campaña informativa para dar a conocer a los ciudadanos la velocidad genérica a la que se va a poder circular a partir del 29 de enero de 2019 por las carreteras convencionales y que ha quedado establecida en los 90 km/h, según la Dirección General de Tráfico.

Esta modificación fue aprobada en Consejo de Ministros en el 28 de diciembre de 2018 y publicada en el BOE el sábado 29 de diciembre de 2018.


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La campaña tiene por objeto concienciar a los ciudadanos de que una menor velocidad implica una menor lesividad en caso de accidentes, más en un tipo de vías, como son las carreteras convencionales, donde la velocidad está detrás de un número importante de las salidas de la vía que es el accidente más frecuente se producen en este tipo de carreteras.

La campaña está compuesta por cuatro videos -con el hashtag #MejorMásDespacio -que se irán publicando durante todo el mes de enero de 2019 en  las distintas redes sociales del Organismo – TwitterFacebookInstagram y Youtube – y que harán referencia a diversos aspectos relacionado con este factor de la siniestralidad.


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El primero de ellos, es un video en el que se contextualiza la siniestralidad de las carreteras convencionales (cada año fallecen 1.000 personas en este tipo de vía) para posteriormente dar a conocer algunas de las consecuencias que tiene una velocidad excesiva (pérdida de control, salida de la vía, invasión del carril contario, colisión frontal…) para, por último concluir con el mensaje de que si todos fuéramos más despacio, se reduciría el número de accidentes y de víctimas.

Para finalizar, el video hace una llamada a todos los conductores para que cuando vean que se ha reducido el límite de velocidad en las carreteras no piensen que es una medida que se ha adoptado por “molestar”, sino por hacer que la cifra de víctimas baje.

Los dos siguientes videos abordan la relación que existe entre la velocidad y la distancia de frenado o la velocidad y la pérdida del ángulo de visión, comúnmente conocido como efecto túnel.

“14 metros de nada, son una gran diferencia”, el nuevo video de la DGT para informar sobre la reducción de velocidad en carreteras convencionales:

El video se centra en exponer la relación existente entre velocidad y distancia de detención. De forma muy gráfica, el personaje del video explica como a 90Km/h se necesita 70 metros para detener el vehículo y a 100km/h la distancia se eleva a los 84 metros, o lo que es lo mismo, más de lo que mide de ancho un campo de futbol. Esos 14 metros de nada, en carretera y ante cualquier imprevisto son una gran diferencia, que en ocasiones puede costar la vida.

El último video informa de que con esta bajada de la velocidad, España se sitúa entre la mayoría de Estados de la Unión Europea que han adoptado medidas de reducción de las limitaciones de velocidad en este tipo de vías, siendo la tendencia mayoritaria la limitación de 90 km/h, aunque algunos países han apostado ya por establecer limitaciones de 80 km/h.

  • El objetivo principal es reducir la siniestralidad en estas vías en las que cada año fallece un millar de personas.
  • Con esta medida, España se suma a la mayoría de países de la Unión Europea que ya tienen establecido dicho límite en sus carreteras convencionales.
  • La medida afectará a 10.000 km de vías convencionales que tenían una velocidad genérica máxima de 100km/h.
  • La modificación también supone reducir las diferencia de velocidades entre vehículos ligeros y pesados para rebajar la siniestralidad y favorecer la circulación en estas vías.
  • La entrada en vigor del Real Decreto será al mes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Con este objetivo se ha procedido a reducir la velocidad en las carreteras convencionales y a homogeneizar la velocidad máxima en estas vías, estableciéndola en 90km/h, por ser las carreteras con altas tasas de siniestralidad. 7 de cada 10 accidentes con víctimas tienen lugar en estas vías, en las que cada año fallece un millar de personas. Además. La velocidad inadecuada es la causa concurrente en el 20% de los accidentes de tráfico, según el Ministerio del Interior.

Esta modificación supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos (90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable) reduciéndolo a una limitación general de 90 km/h. La modificación de este límite de velocidad afectará a unos 10.000 km de vías. Los límites de velocidad que ahora se modifican se fijaron a principio de los años 80 del siglo pasado, cuando la red viaria española no tenía casi kilómetros de vías de alta capacidad, situación completamente distinta a la actual.

La mayoría de los Estados de la Unión Europea han ido adoptando medidas de reducción de las limitaciones de velocidad en aquellas vías en las que no hay separación física de sentidos, siendo la tendencia mayoritaria la limitación de 90 km/h, aunque algunos países han apostado ya por establecer limitaciones de 80 km/h en estas vías.

La modificación del artículo también supone reducir la diferencia de velocidad entre vehículos de transporte de viajeros y mercancías respecto de los turismos. Los países de la Unión Europea con menores tasas de fallecidos por millón de habitantes en accidente de tráfico tienen un diferencial de límite de velocidad entre vehículos ligeros y pesados, en carreteras convencionales, que oscila entre el 0 y 10 km/h.

Según diferentes estudios, los vehículos que circulan a velocidades dispares de la media de la vía, como pueden ser los camiones en relación a turismos y motocicletas, son más susceptibles de provocar un accidente, con una probabilidad 6 veces mayor que si estos vehículos circularan a la media del resto de vehículos. Además, velocidades de circulación más homogéneas favorecen la fluidez del tráfico.

Con este cambio normativo se uniformiza la velocidad de los camiones en carreteras a 80km/h, límite que es común en la gran mayoría de los países de la Unión Europea.

En el caso de los autobuses, la limitación genérica de velocidad es de 90Km/h debido a la baja siniestralidad continuada de este tipo de vehículos, que en el caso de España tiene un ratio de fallecidos/tipo de vehículo (autobús) un 40% menor con respecto al ratio total de la UE. Pese a esta velocidad, el artículo 48  establece una nueva excepción  a aquellos autobuses que no tienen cinturón de seguridad, ya que éstos no podrán circular a más de 80 km/h.

Con objeto de hacer el artículo 48 más comprensible para el conductor, se ha procedido a simplificar la redacción y a introducir un cuadro con los límites genéricos en función de los tipos de vehículos, tal y como se muestra en la siguiente tabla:

¿Qué es la velocidad segura? Velocidad segura es aquella que asegura que, en caso de accidente, la probabilidad de lesiones a las personas implicadas no supere un determinado umbral. De esta forma: 30 km/h (en zonas de convivencia con vulnerables), 50 km/h (en carreterascon intersecciones) y 70 km/h (en carreteras con riesgo de colisión frontal) son “velocidades seguras”. Además, cada conductor debe tener en cuenta su capacidad y aptitud psicofísica, el estado del vehículo, de la carretera y las condiciones climatológicas, para circular, por debajo de los límites, a una velocidad que le permita frenar, tomar las curvas, adelantar… en definitiva, con tiempo y espacio suficiente para no sufrir un accidente, ni dejar nada al azar. De hecho, las organizaciones internacionales más representativas en seguridad vial defienden la aplicación de los principios del “sistema seguro”. Esto supone pasar de un escenario en el que los límites de velocidad se movían en equilibrio entre las necesidades de movilidad y la seguridad a otro en el que la seguridad es el requisito básico y los demás elementos se supeditan a ella. Este sistema, mediante un límite de velocidad seguro, trata de minimizar las consecuencias negativas de un potencial accidente, según la Dirección General de Tráfico.

Así, la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la OCDE recomiendan un límite de 70 km/h para las vías interurbanas sin separación de sentidos.

Foto: www.dgt.es / interior.gob.es

 


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